{"id":3104,"date":"2020-02-04T12:06:18","date_gmt":"2020-02-04T11:06:18","guid":{"rendered":"http:\/\/tramitserveis.cat\/?p=3104"},"modified":"2020-02-04T12:06:18","modified_gmt":"2020-02-04T11:06:18","slug":"modelo-151","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/modelo-151\/","title":{"rendered":"MODELO 151 &#8211; Declaraci\u00f3n del IRPF para Impatriados"},"content":{"rendered":"<h2>MODELO 151<\/h2>\n<p>Las personas f\u00edsicas que adquieran su residencia fiscal en Espa\u00f1a como consecuencia de su desplazamiento a territorio espa\u00f1ol podr\u00e1n optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, manteniendo la condici\u00f3n de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas, durante el per\u00edodo impositivo en que se efect\u00fae el cambio de residencia y durante los cinco per\u00edodos impositivos siguientes, cuando, en los t\u00e9rminos que se establezcan reglamentariamente, se cumplan las siguientes condiciones (normativa vigente desde 1 de enero de 2015):<\/p>\n<p>A estos efectos, se considerar\u00e1 como per\u00edodo impositivo en el que se adquiere la residencia el primer a\u00f1o natural en el que, una vez producido el desplazamiento, la permanencia en territorio espa\u00f1ol sea superior a 183 d\u00edas.<\/p>\n<h3><\/h3>\n<h3><u>Condiciones a cumplir para poder presentar el modelo 151\u00a0<\/u><\/h3>\n<p>Que no hayan sido residentes en Espa\u00f1a durante los diez per\u00edodos impositivos anteriores a aquel en el que se produzca su desplazamiento a territorio espa\u00f1ol.<\/p>\n<ol>\n<li>Que el desplazamiento a territorio espa\u00f1ol se produzca como consecuencia de alguna de las siguientes circunstancias:\n<ol>\n<li>Como consecuencia de un contrato de trabajo, con excepci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral especial de los deportistas profesionales regulada por el Real Decreto 1006\/1985, de 26 de junio.<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se entender\u00e1 cumplida esta condici\u00f3n cuando se inicie una relaci\u00f3n laboral, ordina\u00adria o especial distinta de la anteriormente indicada, con un empleador en Espa\u00f1a, o cuando el desplazamiento sea ordenado por el empleador y exista una carta de desplazamiento de este.<\/p>\n<ol>\n<li>Como consecuencia de la adquisici\u00f3n de la condici\u00f3n de administrador de una entidad en cuyo capital no participe o, en caso contrario, cuando la participaci\u00f3n en la misma no determine la consideraci\u00f3n de entidad vinculada en los t\u00e9rminos previs\u00adtos en el art\u00edculo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.<\/li>\n<li>Que no obtenga rentas que se calificar\u00edan como obtenidas mediante un EP situado en territorio espa\u00f1ol.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para ejercitar esta opci\u00f3n el contribuyente deber\u00e1 presentar el Modelo 149 ante la Administraci\u00f3n tributaria (dispone de seis meses desde la fecha de inicio de actividad que conste en alta en Seguridad Social). Los contribuyentes que hubieran optado por este r\u00e9gimen tambi\u00e9n utilizar\u00e1n este modelo para renunciar a este r\u00e9gimen o cuando queden excluidos del mismo por incumplir alguna de las condiciones determinantes de su aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El plazo de presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n, ser\u00e1 el mismo que se apruebe cada ejercicio, con car\u00e1cter general, para la declaraci\u00f3n del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas. La Renuncia s\u00f3lo se puede ajercer \u00a0en los meses de noviembre o diciembre y con efectos para el a\u00f1o siguiente .<\/p>\n<h3><\/h3>\n<h3><u>Caracter\u00edsticas mas relevantes<\/u>:<\/h3>\n<ul>\n<li>Este r\u00e9gimen \u00a0permite aplicar un tipo impositivo fijo del 24% (o del 45%) para todos los rendimientos del trabajo. Las rentas obtenidas en el extranjero no tributar\u00e1n en Espa\u00f1a, salvo que fueran rendimientos del trabajo.<\/li>\n<li>Los rendimientos del trabajo hasta 600.000 \u20ac tributar\u00e1n al 24%. A partir de dicha cantidad, tributar\u00e1n al 45%. Los dividendos, intereses y ganancias de capital tributar\u00e1n a un tipo que oscila entre el 19% y el 23%<\/li>\n<li>No se pierde el derecho al r\u00e9gimen si finaliza la relaci\u00f3n laboral por causas ajenas a la voluntad del contribuyente si este permanece un breve per\u00edodo de tiempo en situaci\u00f3n de desempleo o inactividad y a continuaci\u00f3n empieza una nueva relaci\u00f3n laboral.<\/li>\n<li>El r\u00e9gimen especial no impide la inversi\u00f3n inmobiliaria en Espa\u00f1a. No obstante, su aplicaci\u00f3n est\u00e1 condicionada a no obtener rendimientos de actividades econ\u00f3micas (aut\u00f3nomo) mediante establecimiento permanente situado en territorio espa\u00f1ol. Por tanto, es importante que la inversi\u00f3n inmobiliaria que se realice en Espa\u00f1a no sea generadora de rendimientos de actividades econ\u00f3micas.<\/li>\n<li>Permite aplicar una deducci\u00f3n por doble imposici\u00f3n internacional (E.G. si los rendimientos del trabajo tambi\u00e9n tributan en el extranjero) pero se deducir\u00e1 la menor de las cantidades siguientes:\n<ul>\n<li>El 30% de la parte de la cuota \u00edntegra (impuesto) correspondiente a la totalidad de los rendimientos del trabajo.<\/li>\n<li>El impuesto pagado en el extranjero.<\/li>\n<li>El resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la parte de base liquidable grabada en el extranjero.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>La persona que opte por este r\u00e9gimen en principio no deber\u00e1 realizar Impuesto de Patrimonio, salvo si tiene bienes o derechos en Espa\u00f1a y si \u00e9stos tienen un cierto valor. Adem\u00e1s, cabe mencionar que el contribuyente que aplica esta Ley no va a tener que presentar el modelo 720 de declaraci\u00f3n informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.<\/li>\n<li>Se puede indicar a t\u00edtulo informativo que el r\u00e9gimen compensa a partir de un salario bruto anual de 60.000 \u20ac aproximadamente y si solo se tiene en cuenta los rendimientos del trabajo.<\/li>\n<li>Posibles desventajas: En primer lugar, no va a ser posible deducir gastos, ni aplicar exenciones (por ejemplo, la indemnizaci\u00f3n por despido no est\u00e1 exenta) o reducciones del r\u00e9gimen general. En segundo lugar, puede suponer una mayor carga fiscal en el extranjero puesto que no se aplican los convenios de doble imposici\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El prop\u00f3sito de la Ley es favorecer la llegada a Espa\u00f1a del talento o de personas altamente cualificadas. para mejorar la internacionalizaci\u00f3n y la competitividad de las empresas espa\u00f1olas. No est\u00e1 pensada para inversores o personas que no desean trabajar en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-3110\" src=\"http:\/\/tramitserveis.cat\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/Picture1.png\" alt=\"\" width=\"623\" height=\"495\" \/><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>MODELO 151 Las personas f\u00edsicas que adquieran su residencia fiscal en Espa\u00f1a como consecuencia de su desplazamiento a territorio espa\u00f1ol podr\u00e1n optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, manteniendo la condici\u00f3n de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas, durante el per\u00edodo impositivo en que se [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":260,"featured_media":3106,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[59],"tags":[119],"class_list":["post-3104","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticies-tramit","tag-modelo-151"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3104","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/260"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3104"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3104\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3106"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3104"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3104"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3104"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}