{"id":12609,"date":"2023-02-14T09:15:04","date_gmt":"2023-02-14T08:15:04","guid":{"rendered":"http:\/\/tramitserveis.cat\/?p=12609"},"modified":"2023-02-14T09:15:04","modified_gmt":"2023-02-14T08:15:04","slug":"pareja-estable-pareja-hecho","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tramitserveis.cat\/es\/pareja-estable-pareja-hecho\/","title":{"rendered":"PAREJA ESTABLE \u2013 PAREJA DE HECHO EN CATALU\u00d1A"},"content":{"rendered":"<p>Se entiende <strong>parejas estables<\/strong> las constituidas de acuerdo con los\u00a0art\u00edculos 234-1 y 234-2 del C\u00f3digo civil de Catalu\u00f1a.<\/p>\n<p>En Catalu\u00f1a se considera <strong>pareja de hecho o pareja estable<\/strong>, dos personas que cumplan estos requisitos :<\/p>\n<ul>\n<li>Mayor de edad o menor emancipado .<\/li>\n<li>Cuando la convivencia dura mas de dos a\u00f1os de forma ininterrumpida o tienen un hijo en com\u00fan durante la convivencia .<\/li>\n<li>Cuando se formaliza mediante escritura p\u00fablica ente notario y lo trasmite al registro para su inscripci\u00f3n .<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>REGISTRO DE PAREJAS ESTABLES EN CATALU\u00d1A <\/strong><\/h2>\n<p>Es un Registro de la Generalitat de Catalu\u00f1a (que depende del departamento de justicia en el que se pueden inscribir las <strong>parejas\u00a0 estables<\/strong> constituidas de acuerdo con el c\u00f3digo civil de Catalu\u00f1a .<\/p>\n<p>El hecho de ser <strong>pareja estable<\/strong> en Catalu\u00f1a no tiene validez en otros pa\u00edses. En este aspecto no es equiparable al matrimonio . Deber\u00e1 hacerse el mismo tr\u00e1mite en otro pa\u00eds se desea equipararlo. ( en la UE hay varios pa\u00edses que tienen un sistema de parejas estables parecido al nuestro )<\/p>\n<p>La inscripci\u00f3n o la extinci\u00f3n en el Registro de <strong>parejas estables<\/strong> es voluntaria y no tiene car\u00e1cter constitutivo y requiere el consentimiento de ambos convivientes de la pareja. No conlleva la liquidaci\u00f3n de ninguna tasa y se puede hacer telem\u00e1ticamente o presencialmente en las sedes que hay en Catalu\u00f1a.<\/p>\n<p>La principal desventaja de la <strong>pareja estable<\/strong> respecto al matrimonio es que en el primer caso, la pareja no constituye una unidad familiar, por lo que no es posible acceder a la tributaci\u00f3n conjunta del IRPF y obtener los beneficios fiscales derivados.<\/p>\n<p>Ahora bien, tiene algunas ventajas (<strong>pareja estable<\/strong>) disfrutan de los mismos permisos laborales que los c\u00f3nyuges (matrimonio). Permiso por paternidad o maternidad. Permiso por enfermedad grave o muerte de la\u00a0pareja. El permiso tras el matrimonio o inscripci\u00f3n de la\u00a0<strong>pareja estable <\/strong>( En cualquier caso, no se podr\u00e1 disfrutar de este permiso por ambos conceptos (por ejemplo, si primero formalizo una uni\u00f3n de hecho y posteriormente celebro matrimonio).<\/p>\n<p>Las <strong>parejas estables<\/strong> tienen derecho a asistencia sanitaria p\u00fablica: el conviviente en pareja de hecho puede solicitar su tarjeta sanitaria individual (TSI) a trav\u00e9s de CatSalut.<\/p>\n<p>En materia de Seguridad Social, en caso de <strong>pareja estable<\/strong> , \u00a0hay la posibilidad de acceder a una eventual prestaci\u00f3n de viudedad ( si se cumplen los requisitos : )<\/p>\n<ul>\n<li>Que la pareja se encuentre inscrita en el Registro de Parejas Estables de Catalu\u00f1a o se haya formalizado mediante escritura notarial, existiendo al menos dos a\u00f1os de convivencia antes del fallecimiento.<\/li>\n<li>En caso de que no se encuentre constituida pareja de hecho, demostrar una convivencia estable y notoria durante los cinco a\u00f1os anteriores al fallecimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Y en materia sucesoria , en cuanto a <strong>pareja estable<\/strong> existe el reconocimiento de una serie de derechos a favor del miembro de la pareja superviviente . En Catalu\u00f1a los derechos hereditarios de la pareja de hecho est\u00e1n equiparados con los de los matrimonios.<\/p>\n<p>Las reglas hereditarias deben sujetarse a\u00a0lo que conste en el testamento. Sin embargo, en caso de que el testador haya distribuido la herencia en forma de\u00a0legados\u00a0a favor de terceros, tiene derecho como m\u00ednimo a la\u00a0cuarta falcidia, o cuota hereditaria m\u00ednima.<\/p>\n<p>En una\u00a0herencia sin testamento\u00a0los herederos legales son los hijos en primer lugar, y en segundo lugar a falta de descendencia,\u00a0el c\u00f3nyuge o pareja de hecho superviviente tiene derecho al usufructo universal de la herencia<\/p>\n<h2><strong>DOCUMENTOS PARA TRAMITAR LA PAREJA ESTABLE EN CATALU\u00d1A <\/strong><\/h2>\n<p>Documento de identidad de las personas solicitantes.<\/p>\n<ol>\n<li>Certificaci\u00f3n literal o completa de nacimiento de las personas solicitantes.<br \/>\nHay que solicitar esta certificaci\u00f3n en el registro civil correspondiente, de forma presencial o telem\u00e1tica, como m\u00e1ximo dentro de los 6 meses anteriores a la presentaci\u00f3n de la solicitud de inscripci\u00f3n de la pareja estable.<\/li>\n<li>Certificado de empadronamiento de convivencia hist\u00f3rico.<\/li>\n<li>Certificado literal de nacimiento o libro de familia donde conste la descendencia en com\u00fan en caso de constituci\u00f3n de la pareja estable por nacimiento de un hijo o de una hija durante la convivencia en una comunidad de vida an\u00e1loga a la matrimonial.<\/li>\n<\/ol>\n<h2><strong>DOCUMENTOS PARA LA EXTINCI\u00d3N DE LA PAREJA ESTABLE EN CATALU\u00d1A:<\/strong><\/h2>\n<ul>\n<li>Cese de la convivencia con ruptura de la comunidad de vida.<br \/>\nDocumentaci\u00f3n: es necesario aportar un certificado\/certificado de empadronamiento colectivo (emitido por su Ayuntamiento) que acredite, en la actualidad, que el otro miembro de la pareja no consta empadronado en su domicilio.<\/li>\n<li>Muerte o declaraci\u00f3n de fallecimiento de uno de los convivientes.<br \/>\nDocumentaci\u00f3n: es necesario aportar el certificado de defunci\u00f3n pertinente.<\/li>\n<li>Matrimonio de cualquiera de los convivientes.<br \/>\nDocumentaci\u00f3n: es necesario aportar el certificado de matrimonio emitido por el Registro Civil.<\/li>\n<li>Com\u00fan acuerdo de los convivientes formalizado en escritura p\u00fablica.<br \/>\nDocumentaci\u00f3n: En este supuesto debe ser el notario quien env\u00ede la escritura p\u00fablica por el canal habilitado.<\/li>\n<li>Causa de extinci\u00f3n: Voluntad de uno de los convivientes notificada fehacientemente al otro.<br \/>\nDocumentaci\u00f3n: es necesario que se adjunte el certificado de contenido de la extinci\u00f3n y el acuse de recibo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cualquier duda nuestro departamento jur\u00eddico queda a su disposici\u00f3n<\/p>\n<p>Tr\u00e0mit Sant Cugat<\/p>\n<p>Febrero 2023<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se entiende parejas estables las constituidas de acuerdo con los\u00a0art\u00edculos 234-1 y 234-2 del C\u00f3digo civil de Catalu\u00f1a. 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